Abogado para Omisión a la Asistencia Familiar en Huancayo
Defensa técnica frente a procesos por omisión alimentaria (Art. 149 CP): evita la detención, cuestiona la liquidación y plantea acuerdos viables.
Art. 149 del Código Penal
La omisión a la asistencia familiar (OAF) es uno de los delitos más frecuentes en el Perú. Una vez requerido por el Juzgado de Familia y notificado, el obligado tiene plazo para pagar o enfrentar proceso penal. El Consorcio De La Cruz asesora en la liquidación de deuda, cuestiona montos incorrectos y propone acuerdos de pago que eviten la detención.
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Defensa penal especializada conectada con abogado penalista en Huancayo
Esta página satélite está vinculada a la guía principal de abogado penalista en Huancayo. Desde ahí se ordenan las especialidades penales y se facilita que Google relacione esta consulta con la defensa penal principal del Consorcio Jurídico De La Cruz.
Cómo trabajamos este caso
Cuestionar la liquidación
Muchas liquidaciones de deuda alimentaria contienen errores aritméticos o incluyen periodos no devengados. Las revisamos y cuestionamos.
Acuerdo de pago
Negociamos planes de pago concretos para poner fin al proceso sin privación de libertad y con acta judicial de compromiso.
Defensa en audiencia
Preparamos la defensa para la audiencia única de juicio oral, incluyendo prueba de capacidad económica real.
Servicios en esta especialidad
- › Cuestionamiento de liquidaciones de deuda alimentaria
- › Negociación de acuerdos de pago con el agraviado
- › Defensa en audiencia de juicio oral por OAF
- › Apelación de sentencias condenatorias
- › Variación de medida cuando se acredita pago
- › Habeas corpus por detención por OAF
- › Asesoría para modificar monto de alimentos en paralelo
Preguntas frecuentes
¿Qué pena tiene la omisión a la asistencia familiar?
El Art. 149 CP establece pena privativa de libertad no mayor de 3 años o prestación de servicios comunitarios. Con agravantes (simulación de juicio, renuncia al trabajo) la pena es de 2 a 4 años.
¿Pueden detenerme por OAF?
Sí. Si el Juzgado Penal emite sentencia condenatoria y se ordena comparecencia con restricciones, el incumplimiento puede generar detención. La clave es actuar antes de la audiencia con asesoría legal.
¿Si pago la deuda se archiva el proceso?
Si el pago se realiza antes de la sentencia y el agraviado acepta, el proceso puede concluir mediante el principio de oportunidad o acuerdo reparatorio. Después de la sentencia, el pago puede determinar la suspensión de la pena.
Consulta con el Mg. Sergio De La Cruz Zúñiga
Más de 10 años de experiencia en el Distrito Judicial de Junín. Atención en:
Jr. Macchu Picchu 1150, El Tambo, Huancayo
Av. 13 de Noviembre 1265-B (frente a la Divincri), El Tambo, Huancayo